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El Ministerio de Política Territorial y Función Pública, tras autorizar el Consejo de Ministros los límites de compromiso de gasto y los créditos extraordinarios, y publicada en el BOE la resolución del secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública, convoca ayudas por importe máximo de 151.955.050,16 euros para subvencionar obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos e instalaciones y servicios de titularidad municipal y de las mancomunidades, consecuencia de catástrofes naturales, así como redes viarias de las diputaciones provinciales, cabildos, consejos insulares y comunidades autónomas uniprovinciales.

Catástrofes por las que se pueden solicitar ayudas

Las entidades beneficiarias de las ayudas serán los cabildos y consejos insulares, diputaciones provinciales y comunidades autónomas uniprovinciales por los siguientes siniestros:

  • La provincia de Toledo y la Comunidad de Madrid, por los incendios forestales acaecidos entre los días 26 y 28 del mes de junio de 2019.
  • La Comunidad Foral de Navarra, por las inundaciones padecidas el día 8 de julio de 2019.
  • La provincia de Ourense, por la tormenta de granizo e inundaciones acaecidas el día 8 de julio de 2019.
  • La Comunidad de Madrid, las provincias de Zaragoza y Cáceres, la Comunidad Autónoma de La Rioja, las provincias de Segovia, Valladolid, Ávila, Toledo, Ciudad Real, Alicante, Castellón, Valencia, Sevilla y Málaga, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la Comunidad Autónoma de Illes Balears, como consecuencia de los episodios de fuertes lluvias de los días 25, 26 y 27 del mes de agosto de 2019, cuando una Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) recorrió de oeste a este la península e Illes Balears.
  • La isla de Gran Canaria, por los gravísimos incendios forestales declarados entre los días 10 y 17 del mes de agosto de 2019.
  • Las provincias de Albacete, Alicante, Valencia, Almería, Málaga y Granada, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la Comunidad Autónoma de Illes Balears y la Comunidad de Madrid, por los graves sucesos causados por una DANA los días 12 a 16 del mes de septiembre de 2019.

Plazo de presentación de solicitudes

Quince días hábiles a partir de mañana, 3 de junio, a través de la aplicación informática «Aura-Subvenciones para catástrofes naturales» disponible en el Portal de Entidades Locales https://sswweb.seap.minhap.es/portalEELL/

Autorización del Consejo de Ministros

El Consejo de Ministros del 5 de mayo de 2020 adoptó un acuerdo por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 129.185.552,60 euros y la concesión de un crédito extraordinario al Ministerio de Política Territorial y Función Pública, según el Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas.

El Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, atribuye al Ministerio de Política Territorial y Función Pública la gestión del “régimen de ayudas a entidades locales para la recuperación de la zona siniestrada”, a los que se podría conceder una subvención de hasta el 50 por ciento de su coste.

El crédito extraordinario por importe de 129.185.552,60 permitirá atender los compromisos de gasto de estas ayudas previstos para el ejercicio 2020.

Previamente, mediante acuerdo del Consejo de Ministros del 20 de diciembre de 2019 se autorizaron los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, con el siguiente desarrollo:

2020                                      129.185.552,60 €

2021                                        15.198.300,31 €

2022                                          7.599.150,15 €

                                      TOTAL                        151.983.003,06 €

Gastos que se subvencionarán

Serán gastos subvencionables, aquellos en los que se den todos y cada uno de los siguientes requisitos:

  • Los de inversión.
  • Relativos a la ejecución de un contrato de obras.
  • Que respondan a la naturaleza de los fines subvencionados.
  • Que se realicen con posterioridad a la fecha del hecho catastrófico.
  • Que sean de titularidad y competencia municipal.

Los proyectos directamente relacionados con los siniestros podrán recibir una subvención de hasta el 50 por ciento de su coste.

Las obras deberán finalizar en el plazo máximo de 18 meses siguientes a la fecha del libramiento de la subvención.